La Parada 5 . Santo Domingo.-Los contribuyentes que hayan presentado sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) hasta el año fiscal 2011.
Pagarán no menos del 0.30% adicional a la Tasa Efectiva de Tributación (TET) promedio correspondiente a su sector económico para ese año, establece la Ley de Amnistía que someterá hoy el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional.
Dispone que el monto a pagar sea eximido de recargos e intereses sólo si se hace un pago único dentro de los primeros veinte (20) días contados a partir de la fecha de autorización de pago emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Cuando un contribuyente opte por pagar de forma fraccionada el monto del impuesto aplicable, deberá solicitarlo antes del vencimiento de la fecha límite para realizar dicho pago, y avanzar el 40% del total del monto adeudado, dice la nueva legislación.
Agrega que las cuotas otorgadas para el pago fraccionado no podrán exceder de dos (2) período mensuales y sucesivos, contados a partir de la fecha del pago original.
El incumplimiento por parte de los contribuyentes de uno de los pagos o plazos antes previstos, dejará sin efecto su solicitud de acogerse a la amnistía, y los pagos que ya haya realizados serán considerados “pagos a cuenta”.
Los que no pagan. Los contribuyentes que hayan incumplido con su declaración del ITBIS y/o el ISR de los años no prescritos hasta el 2011, inclusive, podrán acogerse a la amnistía otorgada por la presente ley, formalizando su solicitud ante la administración local o la sede central de la DGII, a más tardar sesenta (60) días después de la entrada en vigencia de la ley.
Al mismo tiempo deberán presentar la declaración jurada del ISR correspondiente al año fiscal 2011, y las del ITBIS correspondientes a los períodos hasta el 2011, inclusive, pagando únicamente los impuestos derivados de dichas presentaciones, eximidos de los intereses y recargos.







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